La equidad (del latín "aequitas", de "aequus", igual; del griego "͗επιεικεία", virtud de la justicia del caso en concreto), según la definición de la Real Academia Española, la cual posee diferentes definiciones que a continuación se le muestran:
Sinónimo de Igualdad en donde el genero (sea hombre o mujer) no tiene mucho que ver, ya que tanto el hombre y la mujer son capaces de hacer las mismas tareas ya que los dos tienen el mismo nivel de inteligencia y en una sociedad de equidad no hay nada plasmado que diga que la mujer esta destinada a hacer ciertas tareas o que el hombre tiene la capacidad de hacer tambien ciertas tareas, en la sociedad con equidad no importa sexo, raza o religión para llevar a cabo algún deseo.
Bondadosa templanza habitual. Propensión a dejarse guiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley.
Justicia natural, por oposición a la letra de la ley positiva.
Moderación en el precio de las cosas, o en las condiciones de los contratos.
Disposición del ánimo que mueve a dar a cada uno lo que merece.[1] Este ideal está íntimamente enlazado con el precepto exclusivamente jurídico de Ulpiano en sus "Tria Praecepta Iuris" (tres principios del derecho), el "suum cuique tribuere" (dar a cada uno lo suyo).

Comentarios recientes